Secretaría
de Asuntos Docentes de Pergamino, difunde convocatoria a pruebas de selección
para la cobertura de cargos de Director
y Vicedirector de Primaria , con carácter provisional y
suplente, dependiente de la Dirección Provincial de
Educación Primaria. Se procederá de acuerdo a lo pautado en el Artículo 75º del Estatuto del Docente, Ley 10579 y sus Decretos
modificatorios Nº 2485/92 y Decreto 441/95,
Acuerdos Paritarios 2009, Acuerdo producido en el ámbito de Mesa de
Cogestión de fecha 20 de marzo de 2012,
la Resolución Nº
824/05, y Disposiciones Nº65/11 y 01/13
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Vacantes a cubrir: Director y
Vicedirector de la Dirección de Educación
Primaria . Coberturas por más de 30
días. Conformar listado según pautas Disposición 65/11 y Acuerdo de mesa de
Cogestión del 20/03/12.
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Convocatoria:
04/03/13 al 08/03/13 convocar a prueba de selección a docentes
titulares de la Dirección Provincial
de Educación Primaria de los incisos a)
b) y c) del art. 12 del Estatuto del Docente considerados a tales efectos como
uno solo para la cobertura transitoria, con carácter provisional y/o suplente,
de cargos directivos correspondientes a servicios educativos de la Dirección de Educación
Primaria según lo establecido en el art. 75 incisos 6. 4. 3. ítem A – Docentes
titulares que cumplan con los requisitos de antigüedad exigidos para el cargo,
ítem B – Docentes titulares que no cumplan con los requisitos de antigüedad
exigidos para el cargo. Se notificará a la totalidad del Personal Titular de
Primaria labrando acta que se remitirá a este Organismo el 08/03/13. .
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El Director del Servicio Educativo es responsable
de notificar por escrito a la totalidad del personal titular del Servicio
Educativo, aún los que se encuentran en uso de licencia o prestando servicio
fuera de la Institución.
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Inscripción:
11/03/13 al 13/03/13. en este Organismo, Alsina 816 en el horario de 12 a 15hs. cumplimentando por
duplicado el formulario de inscripción que figura en el anexo II-de la Disposición 01/13.Adjuntar fotocopia de PAD 2012 autenticada por el director del establecimiento.
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Notificación
del listado: 14/03/13 al 20/03/13
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Inicio
de Pruebas: a partir del 08/04/13
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Comisión
evaluadora:Insp.Tit.Fernandez,Laura;Palacios,Sonia-Insp.Supl.Garcia,Marta;Picco,Patricia-Direct.Tit.Villavicencio,Vanina-Direct.Supl.Gauna,Sandra.
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Temario
y bibliografía: consta en anexo 3. Disposición N° 01/13
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NOTA:
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MARCO
NORMATIVO: RESEÑA
-Por acuerdo paritario del 3/6/09 se establece la unificación
de los inc.a),b) y c) del artículo 11° del Estatuto del Docente y su
reglamentación y determina la participación de los docentes comprendidos en los
mencionados incisos,en igualdad de condiciones en las convocatorias a
pruebas de selección .Los aspirantes deben reunir los requisitos establecidos
para el cargo y contar asimismo con título docente habilitante.
-La nómina se conformará de acuerdo a las definiciones en el
ámbito de Co-gestión de marzo de 2012.-La conformación de una única nómina de
aspirantes aprobados según orden de mérito estará constituída por los
merituados en las Pruebas de Selección realizadas a partir de dicho Acuerdo,con
periódica actualización del Puntaje Anual Docente y la incorporación de
los docentes por órden de mérito,aprobados en las Pruebas de Selección
subsiguientes.
-Corresponde actualizar P.A.D. año a año de todos aquellos que
ya estén en los listados y decidan seguir estando.Esto incluye actualizar la
situación de revista del cargo por el que se accedió teniendo en cuenta si
han acontecido traslados y/o cambios en el item escalafonario y/o cambio en el
escalafón.
-Dicho listado caducará cuando se haya conformado el nuevo
listado de aspirantes de las Pruebas de Selección (en el marco del artículo
75°inciso 8) realizadas con posterioridad a la nueva convocatoria y finalizadas
todas las instancias de los Concursos de Títulos,Antecedentes y Oposición de
cada uno de los Niveles y Modalidades.
-Los aspirantes comprendidos en la descripción que
antecede,que deseen modificar su posición en el Listado,deberán renunciar al
orden de merito que los posiciona en la nómina vigente,previo a la inscripción
ante el nuevo llamado.
-En situación de cobertura de cargos directivos de Servicios
Educativos con grupo a cargo,a las condiciones requeridas para la cobertura
jerárquica transitoria,se exigirá el título docente habilitante para el cargo
de base del Nivel al cual aspira.
-El artículo 75 inc.4,indica que “La asignación de funciones
jerárquicas implicará el relevo del cargo por el cual la normativa
vigente habilita al docente para aspirar a dicha asignación.
Por lo tanto: se permanecerá en el listado con el cargo que el
docente poseía al momento de rendir la prueba y de conformar la lista”.
Nota:La disposición es remitida en archivo adjunto (Clic aquí) o consultar en el abc.gov.ar